Actualización mínimos de retenciones de ganancias AFIP

Retenciones de ganancias

El pasado 1 de junio de 2018, AFIP incrementó los importes mínimos desde los que corresponde practicar las retenciones del impuesto a las ganancias, establecido en la RG 830.

Si bien en muchos casos, debido a la complejidad de los cálculos, algunas empresas obvian realizar dichas retenciones, esto las pone en importante riesgo por el artículo del decreto reglamentario del impuesto que permite impugnar el crédito fiscal de IVA y el gasto en aquellos casos en que no se haya practicado la retención en caso de corresponder.

Entre las principales modificaciones, se destacan:

  • Mínimo para compra de bienes de $ 100.000 a $ 142.000.
  • Mínimo para locaciones de obras y/o servicios de $ 30.000 a $ 42.700.
  • Mínimo para honorarios profesionales, directores de SA, etc. de $ 7.500 a $ 10.700.
  • Mínimo para alquileres de inmuebles de $ 5.000 a $ 7.120.
  • El importe mínimo de la retención pasó de $90 a $ 150.
  • El importe mínimo para el caso de alquileres de inmuebles urbanos se incrementó de $450 a $ 650.

AgilGestión lo tiene cubierto

AgilGestión ya se encuentra actualizado para aplicar los nuevos mínimos y permite, para aquellas empresas que todavía no realizan retenciones de ganancias de forma simple y sencilla, empezar a realizarlas. El proceso es el siguiente:

  1. Ingrese a "Registrar" > "Pago".

  2. Ingrese la fecha del pago y busque el proveedor en la lista.

  3. Presione sobre el botón "Agregar" en "Imputaciones" y seleccione los comprobantes de compras que tiene pendiente de pago dicho proveedor.

  4. Presione el botón "Agregar" en la sección de "Retenciones" del apartado "Ganancias".
  5. El sistema traerá automáticamente el próximo número de retención y total imputado del pago. Seleccione el "Régimen de retención" correcto.

  6. Presione el botón "Calcular". AgilGestión traerá los importes y retenciones efectuadas anteriormente en el mismo período y realizará el cálculo de la retención en el caso de que correspondiera.