Alternativas al controlador fiscal

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Tabla de contenido

  1. Introducción
  2. Controladores Fiscales: inconvenientes
  3. Facturación Electrónica: la alternativa
  4. Los servicios gratuitos provistos por AFIP
  5. Forma de entrega del comprobante
  6. Impresión del comprobante
  7. Impresoras térmicas
  8. Impresión desde la aplicación
  9. Generación de duplicados electrónicos
  10. Digitalización de pequeños negocios
  11. Conclusiones

Introducción

El presente documento tiene como objetivo analizar las actualizaciones más relevantes de facturación introducidas por las recientes R.G. AFIP 4290/1/2 desde el punto de vista práctico y factible del pequeño y mediano comercio o negocio. Entre los puntos más relevantes a destacar de la normativa encontramos:

  • Se elimina en la práctica el uso de la factura en papel, delegándola a monotributistas sociales y talonarios de respaldo ante contingencias.
  • Se establece un calendario de obligatoriedad para que los Monotributistas y Exentos tengan que migrar hacia Facturación Electrónica y/o Controladores Fiscales.
  • Se le pone fecha de fin al uso de los Controladores Fiscales "primera generación", impulsando la utilización de los denominados "nueva tecnología"; lamentablemente los costos de puesta en marcha de cada punto de venta son altos.
  • Se establece la equivalencia entre el uso de la Factura Electrónica y/o los Controladores Fiscales, cuando anteriormente aquellos sujetos que realizaban ventas masivas a consumidor final se encontraban obligados a utilizar los últimos sin poder optar.
  • Se fijan nuevas normas para la impresión y entrega de los comprobantes, que flexibilizan ciertos aspectos del proceso de facturación con aplicaciones prácticas relevantes.

Controladores Fiscales: inconvenientes

La R.G. AFIP 4290 implica que aproximadamente 3 millones de contribuyentes monotributistas tendrán que migrar hacia una de las mencionadas formas de facturación de forma escalonada hasta el plazo límite del 1° de Abril del 2019.

Aquellos, que por las características de su actividad tengan por principal operación la venta masiva a consumidor final, analizarán lógicamente en primera instancia adquirir un Controlador Fiscal, pero se encontrarán con altos costos para poner en marcha cada punto de venta:

  • A la fecha actual, los costos de una Registradora Fiscal para impresión de Tiquets es de $ 30.000 apróximadamente (Octubre del 2018).
  • Si se tratase de un Responsable Inscripto, que además necesite generar de formá no esporádica comprobantes clase "A", debera adquirir en cambio una Impresora Fiscal, con un costo aproximado de $ 35.000. La misma, se conecta con un equipo PC o similar y opera con un software específico de facturación: todos gastos adicionales que deberá afrontar si no disponía previamente de los mismos.

Además de la erogación que tendrá que realizar el comerciante, si el Controlador Fiscal es de nueva generación, el profesional en ciencias económicas que encargado deberá presentar semanalmente por el servicio "Presentación de DDJJ y Pagos - Controladores Fiscales" los informes requeridos de:

  • Reporte Resumen de Totales.
  • Reporte de Duplicados electrónicos de comprobantes clase “A”, “A con leyenda” y “M” emitidos.

Estas presentaciones, que se deben realizar incluso cuando no hayan existido movimientos y por cada Controlador Fiscal, se suman a las ya extensas presentaciones a realizar por los profesionales con un costo en tiempo de difícil traslado en los honorarios a percibir.

Facturación Electrónica: la alternativa

Debido a que se derogaron los artículos de la R.G. AFIP 3561 que hacían compulsivo el uso de Controlador Fiscal para sujetos que realicen ventas masivas a consumidor final, los contribuyentes ahora pueden optar por facturar electrónicamente de acuerdo a la R.G. AFIP 4290:

ARTÍCULO 6°.- Se encuentran obligados a utilizar, en las formas y condiciones establecidas en la Resolución General 3.561, sus modificatorias y complementarias, el equipamiento electrónico denominado “Controlador Fiscal” y/o a emitir comprobantes electrónicos originales en los términos de la Resolución General N° 4291, para respaldar todas sus operaciones realizadas en el mercado interno, los siguientes sujetos:

a) Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado.

b) Los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) -con excepción de quienes permanezcan en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente y de pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social-.

c) Los exentos en el impuesto al valor agregado.

ARTÍCULO 7°: Los sujetos mencionados en el artículo precedente, podrán optar por una de las DOS (2) modalidades de emisión de comprobantes mencionadas en el mismo, o ambas en forma conjunta, sin necesidad de informar previamente a este Organismo el ejercicio de dicha opción.

Por lo tanto, la utilización de uno u otro método de facturación deberá ser analizado para cada empresa o negocio contrastando las ventajas y desventajas de cada metodología en su caso particular.

Los servicios gratuitos provistos por AFIP

Si el volumen de facturación y necesidad de agilidad en el mostrador son bajos, el contribuyente podrá utilizar "Comprobantes en Línea" o mediante su celular el "Facturador Móvil". Si bien dichos servicios son gratuitos, cuando la cantidad de operaciones a realizar se incrementan, cuentan con varios inconvenientes:

  • La interfaz de facturación no es ágil y al querer modificar un dato de una pantalla anterior tendremos que regresar perdiendo información ya registrada; en el mundo del desarrollo de software esto se conoce como la "experiencia de usuario".
  • En "Comprobantes en Línea" no se puede parametrizar los bienes o servicios a comercializar, permitiendo por ejemplo una búsqueda inteligente por código o nombre. De esta forma, el operador se ve en la obligación de ingresar manualmente y cada vez los detalles de los renglones de cada comprobante.
  • Tampoco es posible conectar un scanner para leer códigos de barras de artículos y agilizar la carga de la venta.
  • De forma similar, no es posible la búsqueda rápida de clientes habituales obligando a ingresar el CUIT en cada operación.
  • La única forma de generación del comprobante es en formato PDF y tamaño A4 para enviar a impresora tipo laser o de tinta, que no disponen la misma velocidad de impresión que por ejemplo una impresora térmica.
  • Ambos sistemas no permiten de forma práctica la consulta y sumarización de comprobantes en un periodo determinado. Tampoco obviamente asociar o administrar alguna clase de información de gestión relacionada.

Las aplicaciones de facturación electrónica como AgilGestión precisamente apuntan a solucionar dichas deficiencias brindando al usuario una via de facturación más propicia, además de alimentar los otros módulos de gestión del negocio como cuentas corrientes, stock y manejo de fondos.

Forma de entrega del comprobante

Envío factura email

La R.G. AFIP 4291 flexibiliza la forma de entrega del comprobante a Consumidor Final si el mismo acepta otro medio de recepción; por ejemplo un adjunto via email. De esta forma, si contamos con un software de facturación electrónica que permita dicha modalidad de entrega por correo electrónico como AgilGestión, podremos obviar la impresión del mismo:

ARTÍCULO 14.- El vendedor, locador o prestador deberá poner a disposición del comprador, locatario o prestatario el comprobante electrónico, en los plazos previstos en el Artículo 13 de la Resolución General N° 1.415, sus modificatorias y complementarias, una vez asignado el respectivo “C.A.E.”. El comprobante deberá contener:

a) El “C.A.E”.

b) El código identificatorio del tipo de comprobante.

c) De corresponder, el código representativo de la leyenda que indica que el impuesto discriminado no puede computarse como crédito fiscal.

d) Todos los demás datos previstos en el Apartado A del Anexo II de la Resolución General N° 1.415, sus modificatorias y complementarias, excepto los indicados en el punto 9. del inciso a) y en el inciso c) del Acápite I) del citado apartado.

Cuando se trata de operaciones con consumidores finales por las actividades previstas en el Anexo de la Resolución General N° 4290, se deberá entregar el comprobante impreso, excepto que el comprador, locatario o prestatario acepte otro medio para su recepción que asegure su consulta en el momento de su emisión. El requisito de impresión del comprobante no será exigido cuando la facturación se deba efectuar, en el momento de la entrega de los bienes o prestación del servicio objeto de la transacción, en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante.

La solicitud del email al comprador para enviarle la factura puede abrirle una variante de marketing interesante a determinados rubros de negocios para luego fidelizar a su clientela.

Impresión del comprobante

Más importante aún, la misma Resolución General, establece es posible la utilización de los modelos de impresión del Tique y Tique-Factura en reemplazo de la Factura, lo cual permite una considerable reducción del tamaño del papel de impresión, que estaban establecidos de forma mínima en 15cm por 20cm según artículo 19 de R.G. AFIP 1415.

De esta forma, podremos conectar una impresora térmica como utilizan la mayoría de los modelos de "segunda generación" de controladores fiscales, lo que nos permitirá una velocidad de impresión alta para agilizar la entrega del comprobante. Si se utiliza esta metodología, la normativa nos indica que se deberá reemplazar el logotipo característico "CF" por el número de C.A.E. o C.A.E.A. del comprobante:

ARTÍCULO 15.- Los requisitos dispuestos en el Artículo 19 de la Resolución General N° 1.415, sus modificatorias y complementarias, referidos a tamaño y ubicación de los datos que debe contener el comprobante, se considerarán cumplidos para los comprobantes electrónicos que se emitan de acuerdo con el procedimiento previsto en la presente resolución general.

No obstante, cuando se efectúe la representación gráfica de los comprobantes ya sea en imagen y/o impresión, la misma deberá observar los modelos de comprobantes previstos para cada tipo de documento, pudiendo observar asimismo los incluidos en la Resolución General N° 3.561, sus modificatorias y complementarias, tomando los correspondientes a Tique y Tique-Factura en reemplazo del modelo de Factura, consignando al pie el “C.A.E.” o “C.A.E.A.” pertinente en reemplazo del logo “CF”.

Impresoras térmicas

  • Una impresora térmica de 58mm permitirá imprimir comprobantes formato Tiquet a Consumidor Final; los modelos más económicos empiezan en $ 3.000 en MercadoLibre.
  • Una impresora térmica de 80mm generará sin inconvenientes por su mayor ancho comprobantes en formato Tiquet-Factura a todos los Responsables además de a Consumidor Final; podremos adquirirlas desde $ 6.000 aproximadamente por un modelo genérico en MercadoLibre.
  • El equipo impresor, también conocido más coloquialmente como "comandera", deberá contar con conexión USB que soporte el formato ESC/POS de EPSON, no siendo esto un inconveniente porque la gran mayoría del mercado lo son.
  • El costo de impresión por comprobante es muy económico en comparación a la impresión en formato A4 debido a la considerablemente menor utilización de papel.
  • La impresora térmica no insume tinta o tonner, trabaja con un papel especial imprimiendo por calor mediante su cabezal, por lo tanto no tiene dicho costo de mantenimiento.

Impresora térmica

Si tenes dudas podes contactarte con nuestro equipo y te asesoremos en el proceso de compra del impresor además de configurar tu equipo PC o notebook para conectar con AgilGestión.

Impresión desde la aplicación

Una vez instalada y configurada la impresora, utilizar la misma es trivial. Simplemente presionaremos en el botón de "Impresión Ticket" y el sistema, en vez de generar un PDF para descargar o adjuntar a un email, enviará el comprobante hacia la impresora térmica.

Impresión de un ticket

AgilGestión permite el envío por email, la generación de tiquets y la impresión clásica en formato PDF desde una misma ubicación de forma eficaz.

Generación de duplicados electrónicos

La AFIP establece que aquellos sujetos que realicen operaciones con consumidores finales por alguna de las actividades del Anexo de la R.G. AFIP 4290 (aquellas de características de venta masiva al público) si optan por utilizar la metodología de facturación electrónica mediante "webservice", es decir por aplicaciones de terceros, deberán cumplir con el régimen de duplicados electrónicos establecido en la R.G. AFIP 3685 a partir del 1ro de Agosto del 2019:

ARTÍCULO 10.- Los sujetos que opten por la emisión de comprobantes electrónicos originales en los términos de la Resolución General N°4291, mediante el intercambio de información del servicio “web” (Webservice) prevista en el inciso b) del Artículo 6° de dicha norma, y realicen operaciones con consumidores finales por alguna de las actividades incluidas en el Anexo de la presente, quedan automáticamente obligados a la emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes, debiendo para ello cumplir con lo establecido en los Capítulos II, III y IV del Título II de la Resolución General N° 3.685, sus modificatorias y complementarias, excepto lo inherente al trámite de adhesión que no será requerido en estos casos.

Es importante por lo tanto verificar con el proveedor del software de facturación electrónica que el sistema de gestión genere dicha exportación o tenga planeada incorporarla antes de la fecha estipulada como es el caso de AgilGestión.

Digitalización de pequeños negocios

Digitalización de negocios

La presente solución, más allá de inicalmente tener como objetivo cumplir con los requerimientos formales de facturación, tiene corolarios interesantes: de repente un pequeño o mediano negocio que trabajaba en papel pasará a estar digitalizado con un sistema de gestión:

  • Un contribuyente ordenado y digitalizado es un cliente al que es más sencillo realizarle un asesoramiento impositivo y contable, siendo factible que esto repercuta en menores tiempos requeridos por los profesionales en ciencias económicas.
  • AgilGestión genera los informes y exportaciones más importantes requeridos por los Estudios Contables: régimen informativo de compras y ventas, libros de IVA, exportación de retenciones y percepciones sufridas (IVA, Gananacias, IIBB, Convenio Multilateral).
  • El negocio de repente podrá disponer de datos sobre sus ventas que podrá utilizar para potenciar la toma de decisiones y aumentar la rentabilidad de la unidad comercial: informes detallados por artículos vendidos y por clientes, un tablero de control con indicadores claves, manejo de stock, gestión de cuentas corrientes y mucho más.

Nuestra visión considera que la digitalización para potenciar la toma de decisiones es clave en la supervivencia y crecimiento de pequeños negocios. De esta forma, el abono del servicio pasará de ser un gasto para convertirse en una inversión donde rápidamente una vez que el sistema se ponga en marcha se tiene que producir un retorno aumentando la efectividad de la empresa.

Conclusiones

Conclusiones

  • Utilizar facturación electrónica con un software como AgilGestión para comercios con características de venta masiva a consumidor final es una solución inteligente si el negocio ya dispone de conexión a Internet y/o equipo de PC, por lo cual no serían gastos adicionales a afrontar. En dicho caso, por una inversión inicial mucho menor se podrá operar con la velocidad de un Registrador Fiscal y además contar con las ventajas de tener información de gestión para el negocio e informes fiscales para el profesional en ciencias económicas.
  • Si el contribuyente no dispone de dichos medios y su único interés es cumplir con el requisito formal de facturación ante una cantidad de operaciones por mostrador no trivial, adquirir una Registradora Fiscal de nueva generación será una solución más costo-económica en el largo plazo.
  • Si el número de facturas a realizar es bajo y no se podrá redituar ninguna clase de información de gestión, la solución más económica es utilizar el "Facturador Móvil" de AFIP que solo requiere un smartphone y conexión de datos. El inconveniente a analizar es como imprimir la factura desde el celular para un Consumidor Final que solicite la versión impresa del mismo.
  • Digitalizar un comercio con un sistema de gestión bien diseñado no solo permite cumplir con el requisito formal de facturar, además puede abrir una puerta sumamente interesante hacia un mayor control sobre el negocio y potenciar la toma de decisiones con el objetivo de aumentar la rentabilidad de la unidad comercial.

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